En su primer informe a la Asamblea General, la Relatora Especial sobre el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental, Tlaleng Mofokeng, se centra en los derechos de salud sexual y reproductiva y en las oportunidades y los retos que surgen durante la pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID-19). Adoptando el punto de vista de que la opresión patriarcal es universal y está en el origen del control del cuerpo y la sexualidad de las mujeres, la Relatora Especial examina el polifacético impacto histórico del colonialismo sobre estos derechos. Reflexiona sobre la importancia de los determinantes subyacentes y sociales de la salud y la igualdad sustantiva para la realización de los derechos sexuales y reproductivos y aclara la naturaleza del marco jurídico que reconoce estos derechos, centrándose en el derecho a la salud sexual y reproductiva como parte integrante del derecho a la salud.
En virtud del derecho a la salud sexual y reproductiva, los Estados tienen tres obligaciones principales. La obligación de respetar requiere que los Estados “se abstengan de interferir directa o indirectamente” en el ejercicio de este derecho por parte de las personas, incluso mediante la reforma de las leyes que impiden el derecho a la salud sexual y reproductiva, como “las leyes que penalizan el aborto, la no revelación del estado serológico respecto al VIH, la exposición al VIH y su transmisión, las actividades sexuales consentidas entre adultos y la identidad o expresión transgénero”